Uno de los pilares sobre los que tratan de construirse las bases de la recuperación económica en España, son las distintas reformas que, en el ámbito de las relaciones laborales, se han venido produciendo desde el año 2.010. Desde esa fecha, se contabilizan más de 15 normas con impacto directo sobre las relaciones individuales o colectivas de trabaja, constituyendo muchas de ellas reformas sobre reformas anteriores. Hasta febrero de 2.012, desde la aprobación en el año 1.980 del Estatuto de los Trabajadores se contabilizan 52, lo que significa que en algo más de 30 años en España podemos hemos padecido 67 “reformas laborales”. Y, si como se reclama desde determinadas instancias internacionales (OCDE, FMI, etc..) España debe seguir profundizando en esta materia, no parece demasiado atrevido aventurar que antes de que acabe el año veremos aparecer en el BOE alguna nueva modificación Legislativa en esta materia.
El BUFETE NOGUÉS es un bufete independiente, estrechamente relacionado con el mundo empresarial y especializado en el asesoramiento a empresas y en derecho de los negocios, que fue fundado en los años setenta por su Director, D. Fernando Mª Nogués Moreno y que a lo largo de estos más de cuarenta años ha conseguido ampliarse, desde su inicio y origen como despacho individual vallisoletano, hasta la actualidad, en la que la labor de asesoramiento se ha ampliado a todo el territorio nacional.
miércoles, 5 de febrero de 2014
martes, 21 de enero de 2014
Reforma sorpresa de la ley general de la seguridad social
La nómina del mes de enero de muchos trabajadores va a verse reducida debido a la última modificación que ha realizado el Gobierno en cuanto a las bases de cotización de la Seguridad Social de los asalariados y autónomos, incluyendo conceptos que hasta ahora estaban exentos, como por ejemplo, las aportaciones a planes de pensiones, cheques restaurantes, servicios de guardería o seguro médico, pluses de transporte y distancia, mejoras de prestaciones de la Seguridad Social (salvo las correspondientes a la incapacidad temporal), entre otros, modificación realizada a través del RDL 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
El coste que han de soportar los trabajadores y que en mayor medida será asumido por parte de las empresas, al pagar un 23.60% sobre la base de cotización en tanto que el trabajador asume un tipo del 4.70%.
Este cambio no tendrá impacto alguno sobre las nóminas de quienes ya coticen por la base máxima.(3.597 euros mensuales desde el 1 de enero).
Con esta ampliación de las bases de cotización la Seguridad Social prevé ingresar unos 1.000 millones de euros.
viernes, 17 de enero de 2014
El "arreglo" de las preferentes
A estas alturas de la película, es más que conocido el asunto de las preferentes y en qué consistían éstas. Por todo ello, no voy a insistir mucho más en describirlas y en explicar su funcionamiento.
Voy a centrarme más concretamente en la segunda parte de toda esta historia, en cómo se está resolviendo y como quedará el panorama de los preferentistas y en cierta forma el de las entidades.
La solución otorgada por el FROB, es el arbitraje, un medio de resolución de conflictos para este caso, en el que aprecio un arma de doble filo, puede resultar favorable al preferentista y además gratuito, o por otro lado, totalmente en contra y perder la posibilidad de reclamar judicialmente. He aquí donde reside el “arreglo” de las preferentes, una estrategia en la que el afectado cegado en la mayoría de los casos por los neones de poder solucionar su problema de manera gratuita sin la necesidad de desembolsar dinero en un abogado, acuda a este “arbitraje”, con la ilusión de que resuelvan en su favor, renunciando a poder acudir a la jurisdicción ordinaria, debiendo de cumplir otros requisitos previos, como la firma del canje de sus acciones o ser accionistas de unas determinadas cantidades, dando preferencia a las cuantías menores, en detrimento de las más elevadas. Frente a este panorama, me asaltan una serie de preguntas ¿hasta qué punto es lícito la imposición de esta condición?, ¿quién dice que si acudo a una vía, no pueda acudir después a la otra?, ¿porqué no recibo la totalidad de lo invertido?, y otras muchas más.
jueves, 9 de enero de 2014
Anteproyecto de ley de custodia compartida
Como es sabido el ministro
Gallardón ha preparado un proyecto de Ley de Corresponsabilidad Parental
(custodia compartida), como ya se ha hecho en alguna Comunidad Autónoma.
Pero...
El ministro de Justicia,
Alberto Ruiz Gallardón, ha explicado que el proyecto de Ley de
Corresponsabilidad Parental que ha recibido luz verde en el Consejo de
Ministros modificará el Código Civil para eliminar "la
excepcionalidad" de la custodia compartida de los hijos menores en casos
de separación, nulidad o divorcio, permitiendo que el juez la dicte aunque los
padres no la pidan, mientras no existan "indicios" de violencia de
género. Los casos anteriores podrían revisarse a la luz de la nueva norma.
martes, 7 de enero de 2014
Gallardón o el peor ministro de Justicia
Sería relativamente sencillo para
el autor de estas líneas efectuar una crítica descarnada de nuestro Ministro de
Justicia amparando la misma en el comentario a determinadas leyes con un
marcado sesgo político, a fin de que las personas de ideología contraria al
Partido Popular mostrarán conformidad con estas manifestaciones, pero sucede
que no es intención de esta parte criticar una ideología ni de izquierdas ni de
derechas. Allá cada cual con su credo político y además, se da la circunstancia
de que a través de ese tamiz partidista no habría habido en toda la democracia
un solo Ministro de Justicia digno de salvarse de la quema. (Tampoco recuerdo
ahora mismo ninguno extraordinario por el que haya sentido auténtica devoción a
lo largo de los años).
No. La crítica a nuestro actual
ministro no viene, ni de lejos, de una necesidad de criticar su ideología. Ha
pasado un año de la entrada en vigor de la famosa ley de tasas y creo este un
buen momento para realizar una pequeña crítica, que quizá no por original, pero
sí por realista, merece ser tenida en consideración.
viernes, 20 de diciembre de 2013
Consumidores contra Iberdrola
Estos días se ha hablado mucho de la subida de la luz y de la actuación de este, y de otros gobiernos al frente de la política energética y de las consecuencias que éstas han tenido, tienen y tendrán sobre los ciudadanos.
Pero hoy, no vamos ha hablar en este blog acerca del precio de la electricidad y de las subastas eléctricas, que evidentemente afecta a los usuarios, sino de una practica cada vez más habitual y que no sólo realizan las eléctricas, nos referimos a las distribuidoras de gas y de luz fundamentalmente. Hablamos de la reclamación por parte de las distibuidoras, de servicios del pago de deudas de inquilinos anteriores para el alta de nuevos contratos.
Pero hoy, no vamos ha hablar en este blog acerca del precio de la electricidad y de las subastas eléctricas, que evidentemente afecta a los usuarios, sino de una practica cada vez más habitual y que no sólo realizan las eléctricas, nos referimos a las distribuidoras de gas y de luz fundamentalmente. Hablamos de la reclamación por parte de las distibuidoras, de servicios del pago de deudas de inquilinos anteriores para el alta de nuevos contratos.
miércoles, 18 de diciembre de 2013
Conducir bajo los efectos del alcohol…CUIDADO ESTAS FIESTAS!!
De actualidad esta semana está la prisión que habrá
de cumplir Ortega Cano por el accidente acaecido que ocasionó el fallecimiento
de un conductor. Sin llegar a estos resultados tan extremos, y que
desgraciadamente siguen ocurriendo, hemos de advertir que tan solo el hecho de conducir bajo los efectos
de bebidas alcohólicas, sin provocar ningún accidente, supone un hecho
tipificado como delito por nuestro Código Penal, y advertimos también que una
persona sin antecedentes, sin ser delincuente reincidente, esquivará fácilmente
las penas de prisión (no así la retirada del carnet durante al menos 8 meses,
siempre que se negocie una conformidad con el Ministerio Público), pero la cosa
“se complica” si en nuestro actuar negligente optamos por no soplar en el control
de alcoholemia o por contestar a la autoridad competente…
Así que nuestro
consejo para estas fiestas, si bebes, no conduzcas, y si lo haces no compliques
mas la situación!
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