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miércoles, 12 de febrero de 2014

¿Que recibimos a cambio de nuestros impuestos? El "Día de liberación fiscal"

Si hay algo que a todos nos molesta es pagar impuestos, lógicamente es necesario, pero nadie puede decir que le gusta. La cuestión es porque nos molesta tanto, la respuesta en mi opinión es sencilla. Tenemos la sensación y seguramente sea cierto, de que nuestra contribución al estado (me refiero a cualquiera de las administraciones) se gestiona de manera desastrosa.

Creo que el contribuyente es culpable hasta cierto punto, en el sentido de que no busca y exige con rotundidad transparencia, eficiencia, eliminación de intermediarios innecesarios etc en la gestión de sus impuestos; también creo sinceramente que esto está cambiando y poco a poco nuestros gestores públicos se ven más presionados a gestionar correctamente nuestro dinero por la falta de ingresos pero sobre todo por la concienciación de la ciudadanía en la gestión correcta de los impuestos, también probablemente provocado por la crisis que vivimos.

Probablemente si hay una cultura que es realmente exigente con la gestión de sus impuestos es la anglosajona, por eso hoy vamos a hablar de un concepto anglosajón que cada vez se utiliza más en España y en otros países, hablo del “Tax freedom day” o “Día de liberación fiscal”. Este concepto es muy simple, es el día en el cual un ciudadano ha satisfecho todos los impuestos necesarios y a partir del cual empieza a generar ingresos para sí mismo.

Este día lógicamente es distinto en función de la renta de los ciudadanos ya que el sistema fiscal no se aplica de la misma manera a todas las rentas y en función de los cálculos que cada estudio hace puede haber variaciones, aunque en general podemos encontrar bastante similitud entre ellos. En mi caso he cogido el estudio realizado por el “think tank” “civismo”, que recomiendo leer y que podéis encontrar completo en este enlace de su página web.



lunes, 30 de septiembre de 2013

Nueva ley de emprendedores

El sábado 28 de Septiembre de 2013 fue publicada después de mucho tiempo anunciándose la tan ansiada por algunos, nueva Ley 14/2013 de 27 de Septiembre de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. A simple vista es una Ley que parece bastante completa e intenta dar una mayor o nueva cobertura a determinadas situaciones, y por qué no decirlo, en cierta manera hacer las cosas más sencillas a todo aquel que quiera iniciarse como empresario. No obstante, deja algunas situaciones en el aire, que no acabamos de asimilar, por lo que, en conclusión en una primera lectura rápida, nos genera ciertas luces y sombras. No obstante seguiremos trabajando sobre ella, para poder brindaros más opiniones o lecturas sobre esta nueva legislación, en cualquier caso el texto completo lo podéis descargar de nuestra página web en el siguiente enlace.

miércoles, 25 de septiembre de 2013

La reforma del "Código Mercantil"

Siguiendo la agenda de reformas que actualmente vivimos en España, una cuestión que no se podía quedar fuera era una reforma de nuestro código de comercio de 1885.

Aunque de momento hay poca información disponible, vamos a intentar exponer a grandes rasgos cuales son los principales cambios que se pueden producir en el nuevo “código mercantil”.

El nuevo código mercantil presentado por la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación al gobierno, constara según explico Alberto Bercovitz (presidente de la sección) de algo más de 1900 artículos. La principal novedad de este texto es que se incluirá regulación mercantil que antes quedaba fuera del texto del código de comercio, como pueden ser la regulación sobre la transmisión de las empresas y modalidades modernas de contratación como la realizada en subasta pública o la automática y además se han regulado contratos que antes no estaban regulados, como pueden ser, contratos electrónicos, turísticos, de distribución o financieros mercantiles.

La estructura del nuevo código se basa en siete libros y un título preliminar. En el libro primero se encuentra todo lo referente a la regulación de la empresa y el empresario; el segundo trata las sociedades mercantiles; en el tercero se regula el principio de libre competencia (aquí se han incorporado la competencia desleal, algunos preceptos sobre la propiedad industrial y el derecho anti-trust); el libro cuarto se centra en obligaciones y contratos; el quinto trata de los contratos en particular; el sexto, la regulación de los valores y de los instrumentos de crédito y de pago; y el séptimo y último incluye las normas sobre prescripción y caducidad.

Ahora queda que el gobierno elabore su propio texto y lo tramite, según el ministro Gallardón este debería estar aprobado antes del fin de la legislatura, siendo el fin del plazo de para aprobarlo Noviembre de 2015.

El texto completo presentado por la comisión pueden encontrarlo en nuestra página web en el siguiente enlace.