En nuestro boletín de julio de 2001 (disponible en este enlace), criticábamos la preceptiva autorización de la Administración en los E.R.E. Al editorial de dicho boletín nos remitimos y en esencia veníamos a decir, que no entendíamos como los Inspectores de Trabajo actuantes, cuyos informes a pesar de no ser vinculantes, se seguían por la Autoridad Laboral en más del 85% de las resoluciones administrativas, podían en un plazo de 48 horas, conocer mejor las empresas que los propios empresarios, para proponer las medidas que consideraran más convenientes.
No estábamos de acuerdo porque eso suponía unos Inspectores actuantes omnisapientes y omnipotentes. Afortunadamente la reforma laboral, ha venido a darnos la razón y la Administración Laboral, tanto la Autoridad como la Inspección, han quedado relegados a lo que siempre tenía que ser, el control de la legalidad.